Artículo Nº 141 de nuestro Segundo Libro
Escrito el año
2.011.
Ruiz
Bonilla Edgar. “Reintegración Marítima (quinta parte)”. Artículo en el matutino “El
Diario” del 5 de julio de 2.011. Suplemento Nuevos Horizontes. Páginas 1, 8,9,
10 y 11. La Paz-Bolivia-Sudamérica.
Reintegración Marítima (quinta parte)
Autor: Ing. Edgar Ruiz Bonilla.
Ingeniero Geólogo con especialidades en
Argentina, Francia y Alemania, ex Director a.i. del Servicio Geológico de
Bolivia. Ex Catedrático de las carreras de Ingeniería Civil de la UMSA, Escuela
Militar de Ingeniería y Univalle, Ingeniería Agronómica de la UMSA, ex Docente
de la Escuela Pedro Domingo Murillo y ex Profesor del Colegio Don Bosco de La
Paz. Investigador, Analista, Columnista y Escritor.
Edición y revisión: Egresado de Psicología William Marcelo
Ruiz Botello y Egresado de Derecho Marwin Eduardo Ruiz Botello.
TRATADOS DE 1.904 y 1.929:
Previamente al
Tratado del 20 de octubre de 1.904 se tuvieron varios acuerdos:
La diplomacia
chilena, siempre astuta, aprovechando la ingenuidad provinciana de Mariano
Melgarejo, Presidente de Bolivia desde 1.864, acreditó la primera misión
diplomática chilena en Bolivia, fomentando sus excesos y halagando su vanidad y
de esta manera, el 10 de agosto de 1.866 se suscribe con el título simulado de
“Tratado de Límites”, por el cual Bolivia cede a Chile, 150 kilómetros de
costa, lo que prueba que Bolivia tuvo costa, aspecto que es negado en la actualidad
por Chile. Más tarde en 1.868, se entregó con carácter ilimitado concesiones
salitreras (nitrato de sodio), a precios ridículos, a varias empresas chilenas.
En febrero de 1.873
durante la presidencia de Adolfo Ballivián, Bolivia y Perú firmaron un Pacto
Secreto de Alianza de Defensa Mutua.
El 6 de agosto de
1.874, durante el gobierno de Tomás Frías, firmaron, por Bolivia Mariano
Baptista y por Chile Wálker Martínez, el “Tratado de Amistad y Límites”, por el
cual se estipulaba que el paralelo 24 continuaba como línea de separación del
territorio y la soberanía de Bolivia y Chile y que el guano existente entre los
grados 23 y 24 seguirían siendo explotados a medias entre las 2 repúblicas y
que los impuestos sobre exportación de minerales no serían aumentados por
Bolivia durante un periodo de 25 años.
Una vez que el Perú
cayó ante la victoria de Chile y firmó el “Tratado de Ancón” (1.883), Bolivia
quedó sola ante Chile. Además Chile ocupaba los puertos de Mollendo, Arica y
Antofagasta, mediante los cuales Bolivia recibía los productos de ultramar. Así
en el periodo constitucional del Gral. Narciso Campero, el 4 de abril de 1.884,
éste autorizó a sus representantes diplomáticos de Bolivia (Belisario Boeto y
Belisario Salinas), la suscripción en Santiago, del “Pacto de Tregua” con
Chile, el cual, mencionaba: “La República de Chile y la República de Bolivia
celebran una tregua indefinida y, en consecuencia, declaran terminado el estado
de guerra. La República de Chile, durante la vigencia de la tregua continuará
gobernando todos los territorios comprendidos desde el paralelo 23 hasta la
desembocadura del río Loa (o sea todo el Litoral Boliviano). En adelante, los
productos chilenos se internarán en Bolivia libres de todo derecho aduanero”.
Cabe mencionar, que
el 13 de agosto de 1.900 el Canciller chileno Koning le escribió al Canciller
boliviano Eliodoro Villazón lo siguiente: “Chile ha ocupado el Litoral y se ha
apoderado de él con el mismo título que Alemania anexó al Imperio la Alsacia y
la Lorena…. Nuestros derechos nacen de la victoria, la ley suprema de las
naciones….Que el Litoral es rico… eso ya lo sabíamos. Lo guardamos porque
vale….Bolivia fue vencida, no tenía con que pagar y entregó el Litoral. Esta
entrega es indefinida, por tiempo indefinido…. Chile no debe nada, no está
obligado a nada…”.
El 20 de octubre de
1.904, en el gobierno del liberal Ismael Montes, Chile y Bolivia firmaron en
Santiago, el “Tratado de Paz y Amistad”, el cual comprende XII artículos, bajo
presión chilena, con el preámbulo siguiente: “Que habiendo en ejecución del
propósito consignado en el Artículo 8º del Pacto de Tregua del 4 de Abril de
1.884, la República de Chile y la República de Bolivia han acordado celebrar un
Tratado de Paz y Amistad y al efecto han nombrado y constituido por sus
Plenipotenciarios a saber:
Su Excelencia el
Presidente de la República de Chile a Don Emilio Bello Codesido, Ministro de
Relaciones Exteriores y Su Excelencia el Presidente de la República de Bolivia,
a Don Alberto Gutiérrez, enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de
Bolivia en Chile, quienes, después de haber canjeado sus plenos poderes y
habiéndolos hallado en buena y debida forma, han convenido en XII artículos:
Artículo I:
Restablécense las relaciones de Paz y Amistad entre la República de Chile y la
República de Bolivia, terminando, en consecuencia, el régimen establecido por
el Pacto de Tregua.
Artículo II: Por el
presente tratado, quedan reconocidos del dominio absoluto y perpetuo de Chile
los territorios ocupados por éste en virtud del artículo 2º del Pacto de Tregua
de 4 de Abril de 1.884. El límite de Sur a norte entre chile y Bolivia será el
que se expresa a continuación:
De la cumbre más
alta del cerro Zapaleri, en línea recta a la cumbre más alta del cordón
desprendido hacia el Sur del cerro Guayaques, en la latitud aproximada de 22
grados 54 minutos; de aquí otra recta al portezuelo del Cajón, y en seguida la
divisoria de aguas del cordón que corre hacia el Norte por las cumbres del
cerro Juriques, volcán Licancábur, cerros Sairecábur y Curiquinca, y volcán
Putana o Jorjencal. De este punto seguirá por uno de sus contrafuertes en
dirección al cerro del Pajonal, y en la línea recta a la cumbre de los cerros
de Tocorpuri; desde donde seguirá nuevamente por la divisoria de las aguas del
cordón del Panizo, y cordillera de Tatio. Seguirá siempre al norte por la
divisoria de las aguas del cordón del Linzor y de los cerros de Silaguala;
desde cuya cumbre norte (volcán Apagado) irá por un contrafuerte al cerrito de
Silala, y después en línea recta al cerro de Inacaliri del Cajón.
Desde este punto
irá en línea recta a la cumbre que aparece en el centro en el grupo de cerros
del Inca o Barrancane, y tomando nuevamente la divisoria de las aguas seguirá
hacia el Norte por el cordón del cerro de Ascotán o del Jardín; desde la cumbre
de este cerro irá en línea recta a la cumbre del cerro Araral, y por otra
recta, a la cumbre del volcán Ollagüe.
De aquí en línea
recta a la cumbre más alta del cerro de Chipapa, descendiendo al occidente por
un cordón de lomas para tomar la cumbre del cerro Cosca. Desde este punto irá
dividiendo las aguas del cordón que lo une al cerro Alconcha, y de aquí irá al
volcán Olca por el lomo divisorio. De este volcán seguirá por el cordón de los
cerros del Millunu, de la Laguna, volcán Irruputuncu, cerros Bofedal y Chela, y
después de un alto nudo de cerros, llegará al Milliri y luego al Hualicani. De
aquí al cerro Caiti y seguirá por la divisoria de las aguas al cerro Napa.
De la cumbre de
este cerro irá en línea recta a un punto situado 10 kilómetros al Sur de la
cumbre oriental del cerro Huailla, desde donde irá en línea recta a esa cumbre
mencionada, doblando enseguida hacia el Oriente, seguirá por el cordón de los
cerros Laguna, Corregidor y Huaillaputuncu, a la apacheta más oriental del
Sillillica, dirigiéndose por el cordón que va al noroeste a la cumbre del cerro
Piga. De este cerro irá en línea recta a la cumbre más alta de Tres Cerritos y
en seguida en línea recta al cerro Challacollo y a la estrechura de la vega de
Sacaya, frente a Villacollo.
De Sacaya el límite
irá en líneas rectas a las apachetas de Cueva Colorada y de Santaile, donde
seguirá al noroeste por los cerros de Irruputuncu y Patalani. De esta cumbre
irá el límite recta al cerrito Chiarcollo, cortando el río Cancosa y de ahí
también en línea recta a la cumbre del cerro Pintapintani, siguiendo después de
esta cumbre por el cordón de los cerros de Quiuri, Pumiri y Panantalla. De la
cumbre de Panantalla irá en línea recta a Tolapacheta, a media distancia en
Chapi y Rinconada, y de este punto en línea recta al portezuelo de Huailla;
enseguida pasará por las cumbres de los cerros de Lacataya y del Salitral.
Volverá hacia el norte yendo en línea recta al cerrito Tapacollo, en el Salar
de Coipasa, y en otra recta al mojón de Quellaga, de donde seguirá por líneas
rectas al cerrito Prieto al norte de la vega de Pisiga, cerrito toldo, mojones
de Sicaya, Chapillisca, Cabarray, Tres Cruces, Jamachuma, Quinsachata y
Chinchillani, y cortando el río Todos santos, irá a los mojones de Payacollo y
Carahuano, al cerro de Canasa y al cerro Capitán.
Seguirá después
hacia el norte por la divisoria de las aguas del cordón de los cerros lliocayo
y quilbuiri, y desde la cumbre de este punto irá en línea recta al cerro Puquintica.
Al norte de este
último punto, Chile y Bolivia convienen en fijar entre sí la siguiente línea
fronteriza:
Del cerro
Puquintica irá al Norte por el cordón que se dirige a Macaya, cortará en este
punto al río Lauca, dirigiéndose en seguida en línea recta al cerro Chiliri;
seguirá al Norte por la divisoria de las aguas del portezuelo de Japu y cumbres
de Quimsachata, portezuelo de Tambo Quemado, cerros de Quisiquisini, portezuelo
de Huacollo, cumbres de los cerros de Payachata, cerro Larancahua hasta el paso
de Casiri. Desde este punto irá a los cerros de Condoriri, que dividen las
aguas de los ríos Sajama y Achuta de las de Caquena, y proseguirá por el cordón
que desprendiéndose de estos cerros va al cerro Carbiri, pasando por el
portezuelo de Achuta; del cerro Carbiri, bajará por su falda a la angostura del
río Caquena o Cosapilla, aguas arriba del tambo de este último nombre.
Seguirá después el
curso del río Caquena o Cosapilla, hasta la afluencia del desagüe aparente de
las vegas de la estancia de Cosapilla, desde cuya afluencia irá en línea recta
al mojón de Visviri. De este mojón irá en línea recta al santuario que se
encuentra al norte del Maure, al noroeste de la confluencia de este río con
otro que le viene del Norte, dos kilómetros al noroeste del tambo del Maure;
seguirá hacia el noroeste por el cordón que se dirige al mojón del cerro Chipe
o Tolacolle, último punto de la frontera.
Dentro de los seis
meses siguientes a la ratificación de este Tratado, las Altas Partes
Contratantes nombrarán una comisión de ingenieros para que proceda a demarcar
en el terreno la línea divisoria cuyos puntos, enumerados en este artículo, se
señalan en el plano adjunto, que formará parte integrante del presente Tratado,
y con arreglo al procedimiento y en las épocas especial de ambas Cancillerías.
Si ocurriese entre
los ingenieros demarcadores algún desacuerdo que no pudiese ser allanado por la
acción directa de ambos Gobiernos, se someterá la cuestión al fallo de Su
Majestad el Emperador de Alemania, conforme a lo previsto en el Artículo XII de
este Tratado. Serán reconocidos por las Altas partes Contratantes los derechos
privados de los nacionales o extranjeros que hubieren sido legalmente
adquiridos, en los territorios que, en virtud de este Tratado, quedan bajo la
soberanía de uno u otro país”.
Como podemos
apreciar en este artículo Nº 2, se emplean términos especiales, cuyas
definiciones son conocidas por pocas personas.
Actualmente existen
Hitos principales e Hitos secundarios cuya posición de éstos últimos depende en
muchos casos de la divisoria de aguas o “divortium aquarum”, la cual sufre
variaciones por la erosión retrógrada en las cabeceras de los ríos,
favoreciendo a Chile, ya que las pendientes son mayores al país vecino. Ésta
situación la sabe Chile. Por esta razón, es imprescindible que debe existir una
verdadera Comisión de Límites Boliviana preocupada de los límites específicos
con Chile, en la que, primordialmente, deben intervenir un abogado
internacionalista, un geólogo con amplios conocimientos geomorfológicos y un
geodesta, para así dar solución al desvío del río Lauca y el uso de las aguas
del Silala.
Dicha Comisión,
debe estar secundada por profesionales que conozcan perfectamente la historia,
sus tratados y los anhelos bolivianos, para así dar soluciones a los problemas
de límites.
Con relación a los
demás artículos, es decir del tercero al XII, se debe realizar un análisis
meticuloso y determinar, el incumplimiento de éstos.
Después del Tratado
de 1.904, éste fue modificado con una adenda con un Protocolo el 16 de abril de
1.907 donde, según el investigador Víctor Hugo Chávez, no se hace mención de
las 6 islas bolivianas y el Límite de las Aguas Marítimas y que fija que la
Corte de Arbitraje de la Haya es el organismo competente para la resolución de
cualquier demanda en lugar de Su Majestad El Emperador de Alemania.
Cabe reiterar, para
el conocimiento de todo el mundo, que por esta injusta contienda Bolivia perdió
400 kilómetros de costa y 120.000 Km2 de su territorio y lo más
primordial, su salida al mar. Es decir una superficie similar a Cuba.
Cabe recordar que
el 11 de marzo de 1.884, fue promulgado por el Congreso Constituyente Peruano,
el primer “Tratado de Ancón”, entre Chile y el Perú, por el cual Perú cedía en
dominio chileno la Provincia de Tarapacá y, la ocupación de las provincias de
Tacna y Arica por 10 años, al cabo de los cuales se realizaría un plebiscito
para determinar la nacionalidad de éstas provincias.
El 20 de octubre de
1.929 Chile y el Perú firmaron el segundo “Tratado de Ancón” en el que se
adjudicaba Arica para Chile y Tacna para el Perú. Además si Chile concedía a
Bolivia una salida al mar a través del ex territorio peruano, debía existir la
aquiescencia del Perú, por lo que se dice que para la salida al mar de Bolivia
el candado lo tiene Chile y la llave la tiene el Perú. Por esta razón el
problema de la “Reintegración Marítima” no es bilateral sino trilateral.
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