Artículo
Nº 102 de nuestro Segundo Libro
Escrito el año
2.010.
Inédito.
Ley de Pensiones, Ley del Trabajo y
Código del Trabajo
Autor: Dr. Edgar Ruiz Botello.
Médico Cirujano, Egresado de Ingeniería Agronómica. Ex
Catedrático de la carrera de Ingeniería Industrial de la UMSA. Ex Consultor de
Naciones Unidas. Investigador, Analista, Columnista y
Escritor.
Edición y revisión: Egresado de Psicología William
Marcelo Ruiz Botello y Egresado de Derecho Marwin Eduardo Ruiz Botello.
Hace algún tiempo
atrás se presentaron casos, en Argentina, de trabajadores bolivianos hallados
en condiciones laborales infrahumanas, trabajando como esclavos, en el
denominado “sistema de camas calientes”. Vale esta situación para realizar un
análisis acerca de la “Ley de Pensiones”, “Ley del trabajo” y “Código del
Trabajo” a nivel mundial.
Con los avances en
las diferentes normativas laborales a nivel internacional, seguramente entre
algunos de los derechos de los trabajadores, en cada país, están el salario mínimo,
seguros médicos para el trabajador y su familia, seguros contra accidentes en
los casos en que las condiciones en las que se realiza el trabajo, son
peligrosas, jornadas laborales diarias máximas de 8 horas, con reconocimiento
por horas extras, los fondos de retiro, los beneficios sociales al abandonar
una fuente laboral, los derechos de las mujeres gestantes, el derecho a una
fuente laboral que brinde seguridad en el desenvolvimiento del trabajo, los
viáticos en el caso en que el trabajador sea cambiado de su base laboral, la
facilidad al acceso a una jubilación, el acceso a vacaciones, etc. Éstos y
otros son los derechos laborales por los cuales se debe luchar para lograr su
cumplimiento, aprovechando hoy por hoy los sistemas informáticos que nos dan
rapidez (velocidad de la luz) y exactitud en la realización del monitoreo
pertinente a cargo de las autoridades respectivas. En el pasado siempre se ha
tratado de lograr una “explotación laboral”, con medidas tales como la
“flexibilización laboral” (década del 90 en Bolivia); trabajo mayor a las 40
horas semanales, como se trató de hacer en Europa hace un año atrás; falta de
seguros contra accidentes; saqueos de los Fondos de Pensiones; la mujer
trabajadora no podía asegurar a su esposo y otros.
Es también un deber
de las diferentes autoridades (Ministerio de Trabajo y otras), informar a los
empleadores y empleados de estos derechos ya que la mayoría de los actores no
los conocen a cabalidad y los quiebran por desconocimiento (incluso llegan a
quebrarlas instituciones estatales como alcaldías y otras). Al romperse estos
derechos se ingresa a la conocida “explotación laboral”.
En relación al
salario mínimo, si bien éste es casi insignificante, se debería luchar para que
éste se cumpla y mediante políticas económicas adecuadas, éste vaya en aumento
continuo hasta lograrse una cantidad adecuada que consiga una calidad de vida
aceptable para el trabajador y su familia.
Los seguros médicos
para el empleado y su familia deberían ser un derecho irrenunciable y se
debería tender a aumentar la cobertura de asegurados en cada país.
En los casos de
trabajos peligrosos, deberían existir en forma obligatoria los seguros contra
accidentes, para lograr cubrir los gastos de sustento de la familia, en el caso
de la muerte del trabajador o la manutención del mismo en las veces en que el
trabajador quede discapacitado de por vida.
El trabajo de 40
horas semanales como máximo debería ser respetado y si se excediese de éstas 40
horas se debería proceder al pago de horas extras.
Los aportes a los
fondos de pensiones, deberían ser puntuales, y mejor si lo realizasen en forma
directa los trabajadores, eliminándose los famosos “agentes de retención”
(intermediaciones) a cargo del empleador. El dinero acumulado en los Fondos de
Pensiones, deberían ser cuidadosamente administrados, estableciéndose durísimas
penas (daño a víctimas múltiples) a las personas que se atreviesen a
malversarlos o desviarlos. Asimismo los trámites en estos fondos no deberían
durar años, tiempo que solo tiende a lograr la muerte del aportante, sin que
logre disfrutar en vida de sus aportes. Debería lograrse un monitoreo
computarizado de los derechos irrenunciables a los beneficios sociales, los
derechos de la mujer gestante, el acceso a un trabajo seguro, acatamiento de
las normas de seguridad industrial, etc.
Si las leyes
laborales no se cumpliesen se ingresaría a lo que se podría llamar la
subvención con el dinero del trabajador hacia el empleador, así como a la
“explotación laboral”.
Con la tan conocida
“mano de obra barata” existente en los países subdesarrollados, producto de la
“explotación laboral” (sin seguros, jornadas laborales mayores a 8 horas, etc.)
se logra la fabricación de bienes y la oferta de servicios baratos de alta
competitividad económica en el mercado y bajos costos de producción (caso de
China), pero de un alto costo social mundial, por así decir, los bienes
producidos, se hallan inyectados con la sangre misma del trabajador.
lanchamon@outlook.es
www.ensayosedgarruiz.blogspot.com
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